Complemento Donatarias 1.1 · CFDI 4.0

Complemento de Donatarias en tu CFDI 4.0

Si tu organización civil o fideicomiso está autorizado por el SAT para recibir donativos deducibles, tus comprobantes de donativo llevan el complemento de Donatarias: número de autorización, fecha de autorización y leyenda. Aquí está qué es, cómo se llena y cómo emitirlo con SenHub.

¿Qué es el complemento de Donatarias?

Es un nodo opcional del CFDI, definido por el SAT en el esquema donat11.xsd (espacio de nombres http://www.sat.gob.mx/donat), que incluye la información requerida a las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos, y que permite hacer deducibles los comprobantes a los donantes.

Se emite dentro del nodo cfdi:Complemento del comprobante. No es para cualquier asociación: aplica a quienes cuentan con la autorización del SAT para recibir donativos deducibles.

Los cuatro campos del complemento

AtributoObligatorioQué es
versionSíVersión del complemento. Valor fijo: 1.1.
noAutorizacionSíNúmero del oficio en que el SAT informó la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles, o su renovación.
fechaAutorizacionSíFecha de ese oficio, en formato AAAA-MM-DD.
leyendaSíTexto que señala de manera expresa que el comprobante se deriva de un donativo.

Fuente: esquema oficial del SAT, http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/cfd/donat/donat11.xsd.

Cómo se ve en el XML

<cfdi:Complemento>
  <donat:Donatarias
    xmlns:donat="http://www.sat.gob.mx/donat"
    version="1.1"
    noAutorizacion="[número de tu oficio]"
    fechaAutorizacion="[AAAA-MM-DD]"
    leyenda="Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente para los efectos del impuesto sobre la renta, este donativo no es deducible." />
</cfdi:Complemento>

Los valores entre corchetes son de tu organización. El resto del CFDI (emisor, receptor, conceptos, impuestos) se llena como cualquier comprobante 4.0.

Uso de CFDI del donante

Clave D04 · Donativos del catálogo c_UsoCFDI, disponible para personas físicas y morales.

Régimen de la donataria

El de tu Constancia de Situación Fiscal. Para personas morales con fines no lucrativos: 603.

Cómo se captura en SenHub

Al emitir el CFDI activas el complemento de Donatarias y llenas los tres datos de tu organización. Los tres son obligatorios, igual que en el XSD.

1

Número de autorización *

2

Fecha de autorización *

3

Leyenda *

El timbrado lo hace un PAC autorizado por el SAT, como en cualquier otro CFDI.

Casos de uso

Donativos en efectivo o transferencia

Una persona física o moral dona a tu organización y necesita el comprobante para su deducción. El CFDI lleva el complemento y el uso D04.

Donantes recurrentes

Aportaciones mensuales o anuales de los mismos donantes. Con sus datos fiscales guardados, cada recibo se emite en segundos.

Campañas y eventos

Colectas, galas y campañas con muchos donantes: el timbrado masivo evita capturar uno por uno.

Fideicomisos autorizados

El XSD contempla tanto organizaciones civiles como fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles.

Donativos de empresas

Una persona moral que dona necesita el CFDI con el complemento para respaldar su deducción; el monto lo define el donante, no tú.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el complemento de Donatarias?

Es un nodo del CFDI que, según el XSD del SAT, incluye la información requerida a las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos, y que permite hacer deducibles los comprobantes a los donantes. La versión vigente es la 1.1.

¿Quién puede emitirlo?

Las organizaciones civiles y fideicomisos que cuentan con autorización del SAT para recibir donativos deducibles. Si tu organización no tiene esa autorización, no corresponde usar este complemento.

¿Qué datos pide el complemento?

Cuatro atributos, todos obligatorios: versión (1.1), número de autorización, fecha de autorización y leyenda.

¿Qué es el número y la fecha de autorización?

Son el número y la fecha del oficio con el que el SAT informó la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles, o su renovación. Son datos de tu organización, los encuentras en ese oficio.

¿Qué leyenda debo poner?

El texto habitual es: "Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente para los efectos del impuesto sobre la renta, este donativo no es deducible.". Confirma siempre el texto vigente en la documentación del complemento publicada por el SAT.

¿Qué uso de CFDI lleva el donante?

El catálogo c_UsoCFDI incluye la clave D04, Donativos. En CFDI 4.0 se puede usar con personas físicas y morales.

¿Qué régimen fiscal usa la donataria?

El que figure en su Constancia de Situación Fiscal. Para personas morales con fines no lucrativos el catálogo c_RegimenFiscal incluye la clave 603.

¿El donativo siempre es deducible?

La deducción corresponde al donante y depende de lo que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, entre otras cosas, sus límites. La donataria emite el comprobante correcto; no decide la deducción.

¿Este contenido sustituye a mi contador?

No. Es información técnica basada en el XSD y los catálogos del SAT. Para tu caso particular, consulta a tu contador o al oficio de autorización de tu organización.

Más: guía fiscal completa del complemento de Donatarias · glosario CFDI · sistema de facturación electrónica.