Opinión de Cumplimiento 32-D
Descarga tu Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales directamente del SAT. Verifica al instante si tienes opinión positiva para licitaciones, contratos y trámites.
¿Qué es la Opinión de Cumplimiento del SAT?
La Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, conocida como “32-D” por referirse al Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, es un documento que el SAT emite para certificar si un contribuyente está al corriente en sus obligaciones tributarias.
El resultado puede ser: Positivo (sin adeudos ni incumplimientos), Negativo (con obligaciones pendientes), En suspensión (plazo vigente para regularizarse) o Inscrito sin obligaciones.
¿Cuándo necesitas la Opinión 32-D?
- Licitaciones públicas: Toda contratación con gobierno federal, estatal o municipal la requiere.
- Contratos gubernamentales: Proveedores del sector público deben presentarla vigente.
- Créditos bancarios: Algunas instituciones financieras la solicitan como parte del análisis crediticio.
- Subsidios y estímulos: Para recibir apoyos gubernamentales debes estar al corriente.
- Validación de proveedores: Empresas grandes verifican el cumplimiento fiscal de sus proveedores antes de contratarlos.
¿Qué revisa el SAT para emitir la opinión?
- Que todas las declaraciones (mensuales y anuales) estén presentadas
- Que no existan créditos fiscales firmes (adeudos exigibles)
- Que no estés en la lista del Art. 69 CFF (contribuyentes incumplidos)
- Que no tengas créditos fiscales no pagados o garantizados
- Que estés localizable en tu domicilio fiscal
Fundamento legal
Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y Regla 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. El contribuyente puede obtener su opinión a través de “Mi Portal” o mediante servicios web autorizados que se autentican con e.firma ante el SAT.
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