Carta Porte 3.1: Guía completa para transportistas

Todo sobre el complemento Carta Porte 3.1. Quién debe emitirla, qué datos necesitas, y cómo cumplir con el SAT sin complicaciones.

Equipo Editorial SenHub14 min de lectura

¿Qué es la Carta Porte?

La Carta Porte es un complemento del CFDI que ampara el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional. Su fundamento legal está en las Reglas 2.7.7.1 a 2.7.7.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).

El complemento se incorpora a un CFDI de tipo "T" (Traslado) cuando el propietario mueve su propia mercancía, o a un CFDI de tipo "I" (Ingreso) cuando un transportista presta el servicio de carga.

  • Regla 2.7.7.1 de la RMF — Establece la obligación de emitir CFDI con complemento Carta Porte para el traslado de bienes y mercancías en territorio nacional.
  • Regla 2.7.7.2 de la RMF — Emisión del CFDI de tipo Ingreso con Carta Porte (para transportistas que prestan servicio de carga).
  • Regla 2.7.7.3 de la RMF — Emisión del CFDI de tipo Traslado con Carta Porte (para propietarios de mercancía que la trasladan con medios propios).
  • Artículo 29 del CFF — Obligación general de expedir CFDI.

¿Quién debe emitir Carta Porte?

Conforme a las Reglas 2.7.7.1 a 2.7.7.3 de la RMF:

  • Transportistas con permiso de la SICT (Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes) que prestan servicio de autotransporte federal de carga → CFDI de Ingreso con Carta Porte
  • Propietarios de mercancía que la trasladan con vehículos propios → CFDI de Traslado con Carta Porte
  • Intermediarios o agentes de transporte que coordinan el traslado
  • Transportistas marítimos, aéreos o ferroviarios (con sus reglas específicas en 2.7.7.4 a 2.7.7.6)
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Excepción (Regla 2.7.7.2.1 RMF): No se requiere Carta Porte en traslados locales (dentro del mismo municipio o zona metropolitana) de mercancía que no implique transitar por tramos de jurisdicción federal.

Versión 3.1: ¿Qué cambió?

La versión 3.1 del complemento Carta Porte (publicada en el Anexo 20 de la RMF) incluye:

  1. Catálogos actualizados — catálogo c_ClaveProdServCP para mercancías, c_MaterialPeligroso para sustancias peligrosas (alineados con la NOM-002-SCT)
  2. Figura de transporte — Datos del operador, propietario o arrendador del vehículo (RFC, CURP, número de licencia)
  3. Autotransporte — Placa, año modelo, configuración vehicular (catálogo c_ConfigAutotransporte), permiso SICT (tipo y número)
  4. Ubicaciones — Origen y destino con código postal, ID de ubicación y fecha/hora estimada
  5. Peso bruto total de la mercancía en kilogramos

Datos necesarios para emitir Carta Porte

Del autotransporte (catálogos del Anexo 20):

  • Permiso SICT — tipo de permiso (catálogo c_TipoPermiso) y número de permiso otorgado por la Secretaría
  • Configuración vehicular — catálogo c_ConfigAutotransporte (ej: C2 — Camión unitario 2 ejes, T3S2R4 — Tractocamión articulado)
  • Placa vehicular y año del modelo
  • Seguro de responsabilidad civil — nombre de la aseguradora y número de póliza (obligatorio)

De la figura de transporte:

  • Tipo de figura — 01 Operador, 02 Propietario, 03 Arrendador (catálogo c_FiguraTransporte)
  • RFC y nombre de la figura
  • Número de licencia del operador (licencia federal tipo E o categoría correspondiente)

De la mercancía:

  • Clave del producto — catálogo c_ClaveProdServCP (específico para Carta Porte)
  • Descripción, cantidad y clave de unidad (catálogo c_ClaveUnidad)
  • Peso en kilogramos de cada mercancía
  • Material peligroso — Si aplica: clave (catálogo c_MaterialPeligroso), tipo de embalaje y clave UN

De las ubicaciones:

  • Código postal de origen y destino
  • ID de ubicación (formato: OR000001, DE000001)
  • Fecha y hora estimada de salida y llegada

Cómo emitir Carta Porte en SenHub

  1. Accede al módulo de Facturación y selecciona "Ingreso con Carta Porte" (transportista) o "Traslado con Carta Porte" (mercancía propia)
  2. Registra el autotransporte — permiso SICT, placa, configuración vehicular, seguro
  3. Agrega las figuras de transporte — operador con RFC y licencia
  4. Registra las mercancías — claves, pesos, material peligroso si aplica
  5. Define origen y destino — código postal, dirección, fecha/hora estimada
  6. Timbra y descarga — tu Carta Porte queda lista con todos los catálogos del Anexo 20
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Tip: En SenHub puedes guardar vehículos, operadores y rutas frecuentes como plantillas para no capturar los datos cada vez.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento en la emisión de Carta Porte se sanciona conforme al CFF:

  • Artículo 83 fracción VII del CFF — Es infracción no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales digitales de sus actividades.
  • Artículo 84 fracción IV del CFF — La multa por dicha infracción es de $19,700 a $112,650 pesos (montos actualizados conforme al Anexo 5 de la RMF vigente).
  • Artículo 378 del Código Penal Federal — La mercancía puede ser detenida en retenes si no se acredita la legal tenencia con Carta Porte.

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Conclusión

La Carta Porte es una obligación fiscal regulada por las Reglas 2.7.7.1 a 2.7.7.12 de la RMF. Cumplir requiere datos precisos del transporte, mercancía y figuras involucradas. Con SenHub, todos los catálogos del SAT están integrados y actualizados para que emitas tu Carta Porte sin errores.

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