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Carta Porte 3.1 todo lo que el SAT te pide para trasladar mercancía

Si trasladas mercancía por carretera en México, el Complemento Carta Porte 3.1 es obligatorio. Te explicamos los supuestos, datos obligatorios, permisos SICT, fracciones arancelarias y cómo evitar multas de hasta $112,650 pesos.

¿Qué es el Complemento Carta Porte?

El Complemento Carta Porte 3.1 es un anexo obligatorio en los CFDIs que documentan el traslado de bienes o mercancías dentro o fuera de territorio nacional. Aplica a dos situaciones distintas: (1) cuando un transportista presta el servicio de trasladar mercancía de terceros (emite CFDI tipo Ingreso con Carta Porte) y (2) cuando un propietario traslada su propia mercancía con vehículo propio o arrendado (emite CFDI tipo Traslado con Carta Porte).

La versión 3.1 entró en vigor en abril de 2024 y es la única vigente. Reemplaza a las versiones 2.0 y 3.0 con cambios sustanciales en los catálogos, validaciones y campos obligatorios. La Regla 2.7.7 de la RMF detalla los supuestos y excepciones.

No aplica si el traslado se hace dentro del mismo predio (sin salir a vía pública), si la mercancía es de uso personal sin fines comerciales o cuando aplican excepciones específicas mencionadas en la Regla 2.7.7 de la RMF.

Quién está obligado a emitir Carta Porte

Tres perfiles principales: (a) transportistas autorizados con permiso SICT que prestan servicio de carga federal; (b) empresas que trasladan mercancía propia con vehículos propios o arrendados, incluso sin ánimo comercial inmediato; (c) intermediarios y agentes que facturan servicios de transporte aunque no operen el vehículo. Los traslados de personas físicas con bienes de uso doméstico están exentos.

Aplica para todo el territorio nacional, incluyendo los traslados estatales (sin cruce de fronteras) cuando el origen o destino lo requiere por el tipo de mercancía. Para comercio exterior (importación/exportación) los datos de pedimento se vuelven obligatorios.

Datos obligatorios del Complemento

El complemento incluye múltiples bloques: (1) Ubicaciones (origen, destino y, en algunos casos, paradas intermedias) con código postal, RFC del propietario y, para comercio exterior, datos completos del país; (2) Mercancías con descripción, ClaveProdServ del catálogo SAT, peso (en kg), unidad de medida, valor declarado y, para mercancías peligrosas, su clave del Anexo 20 con material de embalaje; (3) Autotransporte con placas, configuración vehicular (T3S2, C2, etc.), número de permiso SICT y póliza de seguro vigente; (4) Figuras del transporte: operador con RFC y CURP, propietario del vehículo, arrendatario si aplica.

Las inconsistencias más comunes que el PAC rechaza son: peso declarado distinto al peso bruto vehicular permitido, configuración vehicular incompatible con el peso, RFC del operador no encontrado en el SAT, y permiso SICT vencido o no autorizado para la categoría de mercancía.

Permiso SICT — cuándo se requiere

El permiso de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (antes SCT) es obligatorio para autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo y arrastre. Cada permiso tiene una clave (ej. 'TPAF01' para Autotransporte Federal de Carga) que se asienta en el complemento. SenHub valida la clave contra el catálogo c_TipoPermiso del SAT.

No se requiere permiso SICT para traslados puramente locales (intramunicipales sin uso de vías federales) ni para particulares trasladando bienes sin servicio de carga comercial. Cuando se trata de mercancías peligrosas, además del permiso de carga aplica permiso especial NOM-002-SCT/2011.

Multas y sanciones por traslado sin Carta Porte

El Artículo 84 fracción IV del Código Fiscal de la Federación establece multas que van de $19,700 a $112,650 pesos por cada traslado sin Carta Porte cuando es exigible. Las autoridades verificadoras (Guardia Nacional, autoridades aduanales, SAT) pueden detener el vehículo en revisión y solicitar el CFDI con su Carta Porte.

Para mercancías de comercio exterior, la sanción puede agravarse con el Art. 184 de la Ley Aduanera (pérdida del bien si se considera contrabando). En la práctica, la mayoría de las verificaciones se realizan en casetas de peaje federales, aduanas internas y carreteras críticas donde existen Centros de Verificación SAT.

Paso a paso

Cómo emitir un CFDI con Carta Porte 3.1

Tiempo estimado: aproximadamente 5 minutos.

1

Define el tipo de CFDI

Si prestas el servicio de transporte (cobras flete a un cliente), es un CFDI tipo Ingreso con Carta Porte. Si trasladas tu propia mercancía sin cobrar el servicio, es un CFDI tipo Traslado con Carta Porte. La elección determina qué campos son obligatorios.

2

Captura las ubicaciones

Asienta el origen (RFC del remitente, código postal completo, fecha y hora estimada de salida) y el destino (RFC del destinatario, código postal completo, fecha y hora estimada de llegada). Si hay paradas intermedias, agrégalas en orden cronológico.

3

Detalla las mercancías

Para cada mercancía: descripción, ClaveProdServ del SAT (catálogo c_ClaveProdServCP), peso en kg, cantidad y unidad de medida, valor declarado en MXN. Si es mercancía peligrosa, agrega su clave de material peligroso y embalaje.

4

Configura el autotransporte

Placas del vehículo, configuración vehicular (catálogo c_ConfigAutotransporte: C2 unitario, T3S2 tractocamión, etc.), número de permiso SICT, aseguradora con póliza vigente y, si aplica, póliza de mercancía peligrosa.

5

Captura las figuras del transporte

Operador (RFC, CURP, número de licencia), propietario del vehículo (si distinto del emisor) y arrendatario si el vehículo es rentado. Cada figura tiene su clave del catálogo c_FiguraTransporte.

6

Valida y timbra

SenHub valida automáticamente que las claves coincidan con los catálogos vigentes, que las fechas hagan sentido (origen antes que destino), que el peso sea compatible con la configuración vehicular y que el permiso SICT esté autorizado. Una vez validado, se timbra y obtienes el CFDI con Carta Porte listo para entregar al transportista.

Validación automática contra catálogos vigentes del SAT.

Cumplimiento al día con cada actualización de RMF y Anexo 20.

4.9/5 · 2,847 reseñas de contadores y empresarios.

Preguntas frecuentes

Lo que la gente nos pregunta antes y después de empezar.

¿Para traslados intramunicipales (dentro de la misma ciudad) necesito Carta Porte?+
Generalmente no, si el traslado se hace por vías locales (no federales) y el bien no es mercancía peligrosa ni tiene origen de comercio exterior. La Regla 2.7.7 de la RMF detalla las excepciones. Sin embargo, si tu vehículo de carga circula por una vía federal aunque sea brevemente (por ejemplo cruzando un libramiento), aplica el complemento. En la duda, lo más seguro es emitirlo: el costo es cero y evitas multas de $19,700+.
Mi mercancía cabe en mi camioneta y no es peligrosa. ¿Aplica?+
Si es para uso comercial y vas por vías federales, sí aplica desde el primer kilo trasladado. La normativa no establece umbral mínimo de peso para mercancías comerciales. Solo se eximen los traslados de bienes domésticos personales sin fines de venta y los que cumplen las excepciones específicas de la Regla 2.7.7.
¿Qué hago si mi operador es el mismo dueño-conductor (uno solo)?+
Lo capturas como operador con tu propio RFC y CURP. La figura de transporte 'Operador' se asienta independientemente de si es empleado o propietario. SenHub permite guardar perfiles de operador para no recapturar cada vez.
¿Cómo se factura la mercancía en tránsito si tiene varios destinos?+
Capturas múltiples ubicaciones de destino con el orden de entrega. Para cada mercancía especificas a qué destino corresponde mediante un identificador. Si transportas para varios remitentes/destinatarios distintos en el mismo viaje, técnicamente cada operación requiere su propio CFDI con Carta Porte.
¿Qué pasa si me detiene una autoridad y mi Carta Porte tiene un error?+
Depende del tipo de error. Errores menores en datos descriptivos (descripción de mercancía, peso aproximado) suelen resolverse con explicación. Errores mayores (sin permiso SICT vigente, mercancía peligrosa sin clave de material, RFC del operador inválido) pueden derivar en multa, retención del vehículo y, en mercancías de comercio exterior, riesgo de contrabando. Si detectas un error después de timbrar, lo correcto es cancelar el CFDI y emitir uno nuevo correcto.
¿SenHub valida los catálogos de Carta Porte automáticamente?+
Sí. Validamos contra los catálogos vigentes c_ClaveProdServCP, c_TipoPermiso, c_ConfigAutotransporte, c_FiguraTransporte y demás. Si una clave no está vigente o es incompatible con el contexto (ej. configuración vehicular inadecuada para el peso declarado), te avisamos antes de timbrar para que lo corrijas.

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