Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos 2026: guía técnica completa
Blog/Fiscal

Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos 2026: guía técnica completa

Guía técnica del Complemento Concepto Hidrocarburos y Petrolíferos: fundamento legal, estructura del XSD, catálogos c_TipoPermiso y c_SubProductoHyP, claves SAT de combustibles, relación con los Anexos 30 y 31 de la RMF, y ejemplos XML.

Por Equipo Editorial SenHubPublicado: 25 de abril de 2026Actualizado: 28 de abril de 202616 min de lectura

¿Qué es el Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos?#

El Complemento Concepto para Hidrocarburos y Petrolíferos (también llamado *complemento HyP*) es un nodo adicional dentro del CFDI 4.0 que captura la información mínima del Anexo 20 cuando se factura la enajenación de combustibles: gasolinas, diésel, turbosina y demás petrolíferos. Su propósito es darle al SAT trazabilidad punta-a-punta del producto comercializado y reforzar los controles volumétricos que ya viven en los Anexos 30 y 31 de la RMF.

A diferencia de los complementos opcionales o sectoriales, este es obligatorio para todo permisionario (titulares de permisos emitidos por la Comisión Nacional de Energía, antes CRE) en cuanto comercializan producto regulado. No es un campo decorativo: un CFDI por venta de combustible que no traiga el complemento se considera incompleto a la luz del Art. 29-A CFF.

Esta guía está escrita para personas que ya operan dentro del marco legal — gasolineros, distribuidores, comercializadores y sus contadores. Si recién estás evaluando obtener un permiso, primero consulta a tu asesor fiscal y a la CNE; este artículo no sustituye asesoría profesional.
NormaTemaRelevancia
Art. 29 y 29-A CFFObligación de emitir CFDI con todos los requisitos del Anexo 20Habilita al SAT a exigir el complemento como parte del CFDI
Art. 28 fracción I.B CFFControles volumétricos para combustiblesOrigen de los Anexos 30 y 31
Anexo 20 RMFEstándar técnico del CFDI 4.0 — incluye el XSD del complementoDefine la estructura de los nodos Hidrocarburo y Petrolifero
Anexo 30 RMFEspecificaciones técnicas de equipos de medición y softwareAplica a quien opera dispensarios, tanques, ductos
Anexo 31 RMFFormato del reporte mensual de controles volumétricosLo entregas al SAT, no va dentro del CFDI
Ley de HidrocarburosMarco regulatorio generalDefine qué actividades requieren permiso

El complemento vive dentro del concepto del CFDI, no en el comprobante raíz. Esto significa que si una factura tiene 5 conceptos y solo 2 corresponden a combustible, los nodos del complemento se agregan únicamente a esos 2.

Prueba SenHub gratis

7 folios incluidos. Sin tarjeta de crédito.

Comenzar Gratis

¿Quién está obligado a emitirlo?#

Todo titular de un permiso vigente otorgado por la Comisión Nacional de Energía (CNE) — antes Comisión Reguladora de Energía (CRE) — para alguna de estas actividades sobre hidrocarburos y petrolíferos:

  • Distribución (con ducto, autotanque, buque-tanque o carro-tanque)
  • Comercialización (compra y reventa sin transformación)
  • Expendio al Público (estaciones de servicio: gasolineras, expendio de gas LP)
  • Almacenamiento (terminales y almacenes)
  • Transporte (con permiso específico de la CNE)
  • Refinación y procesamiento

Si tu RFC aparece en el padrón vigente de permisionarios y emites CFDI por enajenación, el complemento es obligatorio.

Estructura del XSD oficial#

El complemento define dos nodos hermanos que se incluyen dentro del concepto:

  • `Hidrocarburo` — para gas natural y derivados clasificados como hidrocarburos.
  • `Petrolifero` — para petrolíferos (gasolinas, diésel, turbosina, gas LP, etc.).

Atributos clave del nodo Petrolifero:

AtributoTipoDescripción
TipoPermisoCatálogo c_TipoPermisoTipo de permiso CNE/CRE bajo el cual operas
NumeroPermisoCadenaNúmero de permiso vigente emitido por la CNE
SubProductoHyPCatálogo c_SubProductoHyPVariante específica del combustible

Adicionalmente, el concepto debe llevar:

  • `ClaveProdServ` del catálogo c_ClaveProdServ — la clave SAT del producto (gasolina, diésel, etc.).
  • `ClaveUnidad` — usualmente LTR (litros).
  • `Cantidad` — el volumen entregado.
  • `ValorUnitario` — el precio por litro.

Catálogo `c_TipoPermiso`: PER01 a PER08#

Es el selector más visible del complemento. Define bajo qué actividad se emite la factura. La descripción exacta puede variar al actualizarse el catálogo del SAT — los siguientes son lineamientos orientativos:

ClaveTipo de permisoAplica típicamente a
PER01DistribuciónDistribuidores de petrolíferos por ducto, autotanque o medio análogo
PER02ComercializaciónComercializadores que compran al mayoreo y revenden sin transformar
PER03Expendio al Público (gasolinera)Estaciones de servicio de gasolinas y diésel
PER04Expendio al Público de gas LPEstaciones de gas LP para vehículos automotores
PER05AlmacenamientoOperadores de terminales y almacenes
PER06TransporteTransportistas con permiso CNE
PER07RefinaciónRefinerías y plantas de procesamiento
PER08OtrosPermisos especiales no clasificables en las categorías anteriores
Importante. Antes de configurar tu sistema, valida tu permiso original. La CNE emite el documento con un código que mapea directamente a una de estas claves. Si no estás seguro, tu permiso oficial lo indica en la primera hoja.

Catálogo `c_SubProductoHyP`: la variante específica#

Mientras que `ClaveProdServ` te dice "es gasolina" o "es diésel", `SubProductoHyP` distingue qué tipo exacto de gasolina o diésel. Algunas variantes típicas:

  • Gasolina menor a 91 octanos (gasolina regular)
  • Gasolina mayor o igual a 91 octanos (gasolina premium)
  • Diésel automotriz
  • Diésel marino
  • Diésel agrícola
  • Turbosina (combustible para aviación)
  • Gas LP (en sus diferentes clasificaciones)
  • Gas Natural (vehicular, comprimido, licuado)

El catálogo oficial es más amplio (incluye combustibles industriales y nichos). SenHub te muestra el selector con los valores vigentes al momento de facturar; no necesitas memorizarlo.

Claves `c_ClaveProdServ` que activan el complemento#

Las claves del grupo de combustibles del catálogo SAT c_ClaveProdServ son las que disparan la captura del complemento. Por su naturaleza UNSPSC, cambian poco. Las familias más usadas:

  • `15101500` — Combustibles fósiles (familia general)
  • Subclaves específicas para diésel, gasolinas regular y premium, turbosina y derivados

Cuando el SAT publique nuevas claves o reorganice el catálogo, las versiones más recientes prevalecen. Los sistemas serios sincronizan el catálogo automáticamente; en SenHub esto sucede sin intervención.

Ejemplo de fragmento XML#

Así se ve un concepto de gasolina premium en un CFDI 4.0 con el complemento HyP:

`xml

<cfdi:Concepto

ClaveProdServ="15101515"

Cantidad="42.500"

ClaveUnidad="LTR"

Descripcion="Gasolina Premium 91+ octanos"

ValorUnitario="24.50"

Importe="1041.25"

ObjetoImp="02">

<cfdi:Impuestos>

<cfdi:Traslados>

<cfdi:Traslado

Base="1041.25"

Impuesto="002"

TipoFactor="Tasa"

TasaOCuota="0.160000"

Importe="166.60"/>

</cfdi:Traslados>

</cfdi:Impuestos>

<cfdi:ComplementoConcepto>

<hyp:Petrolifero

TipoPermiso="PER03"

NumeroPermiso="P/EXP/123/2024"

SubProductoHyP="08"/>

</cfdi:ComplementoConcepto>

</cfdi:Concepto>

`

(Las claves del ejemplo son ilustrativas; el catálogo vigente del SAT prevalece.)

Lo crítico:

  1. 1El nodo <cfdi:ComplementoConcepto> envuelve al <hyp:Petrolifero>.
  2. 2Los atributos TipoPermiso, NumeroPermiso y SubProductoHyP son obligatorios.
  3. 3La unidad debe ser LTR para combustibles líquidos.

Errores comunes al timbrar#

SíntomaCausa probableSolución
El PAC rechaza con "complemento no encontrado"El producto no tiene una clave SAT del grupo de combustiblesCambia la ClaveProdServ del producto
"TipoPermiso fuera del catálogo"Capturaste un valor que no está vigenteVuelve a abrir el selector y elige del catálogo actualizado
"SubProductoHyP incompatible con la clave"La variante seleccionada no aplica al productoRevisa que la subclave corresponda al combustible (ej. no usar "diésel marino" en gasolina)
"NumeroPermiso vacío"El permiso no quedó registrado en la configuraciónDa de alta tu permiso CNE en tu sucursal antes de emitir
"El RFC del emisor no coincide con el titular del permiso"Permiso a nombre de otra persona moralVerifica con la CNE; el cruce lo hace el SAT, no se resuelve en el sistema

Relación con los Anexos 30 y 31#

Es común confundir tres obligaciones distintas. Para que quede limpio:

ObligaciónDónde viveFrecuencia
Complemento HyPDentro del CFDI, por conceptoEn cada venta
Anexo 30Especificaciones técnicas de los equipos de mediciónContinua (auditorías)
Anexo 31Reporte mensual al SAT con la información volumétricaMensual, fuera del CFDI

El complemento HyP no sustituye al reporte del Anexo 31. Si eres permisionario y operas equipos volumétricos, sigues obligado a entregar el reporte mensual con sus campos específicos.

Cancelación de un CFDI con complemento#

El proceso es el mismo que para cualquier CFDI superior a $1,000 MXN: la cancelación requiere aceptación del receptor en el portal del SAT (Art. 29-A CFF y Regla 2.7.1.47 de la RMF). El complemento no introduce reglas adicionales de cancelación. Si tu cliente no responde en 72 horas se entiende como aceptación tácita; pasado ese plazo el CFDI queda cancelado.

Cómo lo emite SenHub#

En SenHub el flujo está pensado para que captures el complemento una sola vez por sucursal y de ahí en adelante se aplique automáticamente:

  1. 1Configuración inicial — En los datos de tu empresa o sucursal registras tu TipoPermiso y NumeroPermiso emitidos por la CNE.
  2. 2Catálogo de productos — Cuando creas o editas un producto cuya clave SAT corresponde a combustibles, el sistema te pide la SubProductoHyP correspondiente.
  3. 3Emisión — Al facturar, basta con seleccionar el producto y el cliente. SenHub detecta que aplica el complemento, agrega los nodos al XML y timbra. No hay un "segundo flujo" ni un módulo separado.

Si operas múltiples sucursales con permisos distintos, cada una conserva su propio NumeroPermiso. Si manejas autofactura para clientes industriales que cargan combustible en tus instalaciones, la misma lógica aplica desde el portal de autofactura.

Te puede interesar#

Conclusión#

El Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos no es una novedad menor: es la pieza que faltaba para cerrar el ciclo de trazabilidad de combustibles que el SAT venía construyendo con los Anexos 30 y 31. Si eres permisionario, dejar de incluirlo no es opción — el costo de no emitirlo correctamente lo paga tu cliente cuando intenta deducir el combustible bajo Art. 27 LISR y se topa con un comprobante incompleto.

La buena noticia: técnicamente es directo. Tres atributos por concepto, dos catálogos sincronizables, un permiso registrado una sola vez. Con un sistema que mantenga el XSD y los catálogos al día, el complemento se vuelve invisible — capturas tu venta como siempre y el XML sale conforme.

¿Listo para emitir CFDI con complemento HyP? Crea tu cuenta de SenHub gratis o habla con el equipo de implementaciones si manejas múltiples sucursales o necesitas integrar tus controles volumétricos.

Equipo Editorial SenHub

Equipo Editorial SenHub

Especialistas en facturación electrónica y obligaciones fiscales SAT

¿Listo para facturar sin estrés?

Empieza gratis. 7 folios incluidos. Sin tarjeta de crédito. Cancela cuando quieras.

Sigue leyendo